El Gobierno publicó el pasado lunes 26 de marzo el borrador del anteproyecto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. También lanzó una consulta pública sobre el mismo que estará abierta 15 días naturales.

Estos pasos adelante hacia la existencia de una ley y la aportación ciudadana son muy positivos. Sin embargo, un análisis detallado del texto por parte de Access Info Europe, una de las organizaciones detrás de tuderechoasaber.es y experta en acceso a la información, revela que la propuesta dista mucho de ser suficiente.

El principal problema es que este anteproyecto reconoce un derecho a solicitar información muy limitado. La misma definición de “información pública” en el artículo 9 ya incluye una decena de excepciones absolutas. Ambas cuestiones deberían ir separadas, como ocurre en tantas legislaciones similares en otros países. Así se evitaría la arbitrariedad en las decisiones de las instituciones a publicar o no estas informaciones. Además, ahora mismo ni siquiera se recoje la posibilidad de ponderar el daño de publicación y el interés público en cuestiones como defensa, seguridad pública o la sanción de los ilícitos penales.

Otros puntos en los que flojea el texto disponible en estos momentos son:

  • No reconoce el derecho de acceso a la información como un derecho fundamental. La vicepresidenta del Gobierno dijo que se había descartado porque habría que modificar la Constitución, pero altas instancias internacionales, como el Comité de Derechos Humanos de la ONU así como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sí lo establecen como tal. Esto implicaría un mayor alcance de la ley e incluiría la información no administrativa de los poderes judicial y legislativo así como de los órganos constitucionales.

  • Se excluye la Casa Real y las funciones no administrativas de las instituciones públicas. También quedan exentas todas las informaciones auxiliares o de apoyo, incluyendo informes, notas y comunicaciones internas (como los emails), según el artículo 13.

  • Se establece un “silencio administrativo negativo”: si no se obtiene respuesta en un mes, la solicitud se asume rechazada y habría que iniciar el recurso. Según el último monitoreo de Access Info Europe, una de cada dos solicitudes realizadas a las instituciones públicas españolas queda sin contestar.

  • No se prevén sanciones para los funcionarios que no cumplan con sus obligaciones de transparencia.

  • El órgano encargado de velar por el correcto cumplimiento de esta futura ley no es un órgano independiente como se recomienda en los tratados internacionales sobre la materia con lo que corre el riesgo de ser juez y parte en los recursos que ante el se presenten.

El borrador también tiene aspectos a destacar positivamente, sobre todo en lo que se refiere a la publicación proactiva de información. Esto mejorará la eficiencia del futuro sistema de transparencia. Se tendrán que publicar presupuestos (previsión y gasto), planes de acción, contratos, subvenciones… y toda una lista que se puede consultar en los artículos 4, 5 y 6. Una de las novedades que merece la pena resaltar es que se publicará los anteproyectos de ley, fundamentales para facilitar la participación cuidadana y el trabajo de la sociedad civil en el proceso de toma de decisiones.

Queda poco más de una semana para poder hacer aportaciones al anteproyecto de ley. Es una oportunidad histórica y hay mucho que mejorar. Desde tuderechoasaber.es te animamos a dar tus opiniones. La consulta pública estará abierta hasta el 10 de abril.

Si tienes dudas sobre este anteproyecto o sobre el derecho de acceso a la información en España o en otros países, puedes ponerte en contacto con nosotros. Y no te olvides de volver por aquí en los próximos días porque colgaremos un texto con modificaciones concretas al borrador del anteproyecto de ley que podrás hacer tuyo si lo consideras oportuno. La fecha límite para participar en la consulta pública es el 10 de abril.

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