Batalla perdida para Defensa. El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Madrid ha desestimado el recurso que interpuso el Ministerio con el que pretendía ocultar la identidad de los acompañantes de las autoridades en los vuelos oficiales fletados por el Ejército del Aire –a bordo, por ejemplo, del clásico Falcon–. La sentencia, que avala la posición del Consejo de Transparencia (CTBG), la parte demandada, tras una solicitud de información de Civio, aún no es firme, por lo que el ministerio encabezado por María Dolores de Cospedal tiene un plazo de 15 días para presentar un recurso de apelación. Si no lo hace, deberá proporcionar la información.

La solicitud de información sobre los pasajeros de los vuelos oficiales arrancó el 29 de octubre de 2015, entonces con Pedro Morenés como ministro de Defensa. Civio pidió el listado de los pasajeros trasladados por el Grupo 45 del Ejército, encargado del transporte de autoridades. Tras la negativa de Defensa, Civio recurrió al CTBG, que dio la razón a esta fundación e instó a informar de los pasajeros en los vuelos oficiales, a excepción de aquellos traslados del presidente del Gobierno o de miembros de la Casa Real, puesto que son materias clasificadas protegidas por ley.

Tras esa primera resolución, Defensa se saltó el procedimiento establecido en la Ley de Transparencia para emitir una nueva denegación, con motivos distintos y mediante un nuevo expediente. El CTBG, mediante un oficio, instó a Defensa a cumplir la primera y calificó de improcedente el nuevo proceso creado por el Ministerio. El pasado mes de junio, Defensa demandó al CTBG para no tener que identificar a los pasajeros de vuelos oficiales.

Así las cosas, el magistrado reprocha a Defensa que emitiera una segunda respuesta tras la resolución del CTBG, una vuelta de tuerca que no está establecida en la Ley, y afirma en su sentencia que “ni era necesario, ni procedente, ni ajustado a Derecho incoar un nuevo expediente […] ni, menos aún, pronunciarse sobre cuestiones que no se habían planteado” en la primera denegación del ministerio. En esta, Defensa se basó en la Ley de Secretos Oficiales, la defensa nacional y la protección de datos personales. Después de la resolución firme del CTBG que tumbó parcialmente estos argumentos, Defensa inició un nuevo expediente y alegó, entonces, que no disponía de la información. Además, esa segunda excusa contradecía otra resolución del General Segundo Jefe del Estado Mayor del Aire que informaba sobre el procedimiento que sigue la administración para solicitar transporte aéreo de autoridades: deben informar con anterioridad de las personas que viajan en cada vuelo.

En este sentido, el fallo afirma que Defensa “no puede denegar la información por un motivo y, posteriormente, tras la estimación de la reclamación presentada ante el Consejo o incluso de un recurso judicial, volver a denegarla por un motivo diferente no contemplado en la resolución inicial”.

La sentencia anula el segundo expediente que inició Defensa, da la razón al Consejo de Transparencia y, por tanto, obliga al ministerio a identificar a los acompañantes de los altos cargos transportados por el Ejército del Aire. Defensa, previo pago de un depósito de 50€, aún puede recurrir esta sentencia hasta finales de febrero, por lo que puede comenzar otra batalla en los tribunales. Una batalla cuyos gastos –costas procesales, depósito, abogado del Estado– pagamos todos.

Cronología del caso

La solicitud de información sobre los pasajeros de los vuelos oficiales arrancó el 29 de octubre de 2015, entonces con Pedro Morenés como ministro de Defensa. Más de 470 días después, el ministerio, ahora con Cospedal al frente, sigue sin hacer pública la información requerida.

  • 21 de octubre de 2015
    La Fundación Civio envía a al Ministerio de Defensa una solicitud de información sobre la lista de pasajeros del Grupo 45 de las FAE.

  • 29 de octubre de 2015
    Se determina que la competencia para contestar a dicha solicitud corresponde al Estado Mayor del Ejército del Aire.

  • 1 de diciembre de 2015
    Ante la falta de respuesta, Civio envía una reclamación al Consejo de Transparencia.

  • 2 de diciembre de 2015
    Recibimos respuesta a través del Portal de Transparencia. El segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire deniega el acceso a la información amparándose en la Ley de Secretos Oficiales y en los límites de la Ley de Transparencia.

  • 15 de febrero de 2016
    El Consejo de Transparencia emite una resolución que estima parcialmente las reclamaciones de Civio e insta a Defensa a facilitar la información en el plazo máximo de un mes.

  • 16 de marzo de 2016
    Defensa vuelve a emitir una resolución denegando la información, como si el proceso volviera a empezar.

  • 12 de abril de 2016
    El Consejo de Transparencia notifica a Defensa mediante un oficio que su resolución anterior, la segunda, no tiene fundamento jurídico. Además, informa a Defensa de que debe facilitar la información o interponer un recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Consejo, como prevé la Ley de Transparencia.

  • 22 de junio de 2016
    El Consejo de Transparencia notifica a Civio como parte interesada que Defensa ha interpuesto un contencioso-administrativo contra su resolución. La persona del equipo de Civio que pidió la información recibe emplazamiento para comparecer en plazo de nueve días.

  • 9 de febrero de 2017
    El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Madrid desestima el recurso interpuesto por Defensa con la resolución del Consejo de Transparencia, que le instaba a hacer pública la información solicitada por Civio.

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