Buenas noticias en el campo del acceso a la información dentro de las instituciones europeas. Las investigaciones llevadas a cabo por la Defensora del Pueblo Europeo, Emily O’Reilly, han conducido a que la Comisión Europea haya publicado 140 documentos internos relacionados con la entrada de Grecia en la Eurozona en el año 2001. Estos documentos habían sido solicitados por un periodista alemán hace ya más de dos años, e inicialmente le habían sido denegados.

Emily O’Reilly ha felicitado a la Comisión Europea por haberse finalmente ajustado a las disposiciones de la Ley 1049/2011 y no entorpecer el ejercicio por parte de los ciudadanos del indispensable, necesario y democrático derecho de acceso a la información. La nota de prensa y la decisión completa emitidas por la Defensora del Pueblo no pasan por alto, sin embargo, que la Comisión no actuó bien al retrasar injustificadamente la publicación de los documentos solicitados y al interrumpir el contacto con el solicitante de una forma tan abrupta, errores que la propia Comisión ha asumido como suyos. Pero igualmente la decisión de O’Reilly también valora que una vez iniciadas las investigaciones por parte del organismo que preside, la Comisión reaccionó de manera rápida y publicó tan pronto como le fue posible los documentos en cuestión.

Emily O’Reilly ha aprovechado la buena resolución del incidente para emitir unas breves declaraciones: “Especialmente en tiempos de crisis, es vital que los europeos entiendan cómo suceden las decisiones importantes que afectan a sus vidas. Europa sigue afectada tangiblemente por estas decisiones y el papel jugado por los diferentes actores necesita ser clarificado para poder aprender lecciones para el futuro”.

Los detalles del proceso

En noviembre de 2011 el periodista en cuestión se puso en contacto con la Comisión para trasladarle una solicitud de acceso a la información, amparado por el Reglamento Europeo 1049/2001 sobre acceso a información de la UE, que estableció el derecho de acceso a la información a nivel europeo y definió los mecanismos para solicitar documentos a las instituciones europeas. Concretamente, solicitó el acceso a todos los documentos fechados entre el 1 de enero de 1999 y el 30 de junio de 2000 que guardasen relación con la entrada de Grecia en la Eurozona incluyendo, entre otros, documentos preparatorios, informes de convergencia y las cartas e emails entre miembros de la Comisión y autoridades griegas y de otros estados miembros.

La Comisión procedió a publicar un conjunto muy limitado de documentos, no logrando satisfacer los intereses del solicitante. En este punto el periodista alemán recibió una comunicación oficial en la que se le hacía saber que debido a la antigüedad de los documentos solicitados, muchos de ellos no estaban informatizados y se encontraban diseminados por diversos archivos históricos. El trabajo de recopilar todos ellos hacía imposible cumplir los plazos establecidos por la mencionada ley 1049/2001, por lo que la Comisión propuso, a modo de solución, el envío de todos los documentos solicitados para el 29 de febrero de 2012, a más tardar.

El solicitante aceptó la propuesta pero, un mes más tarde de la fecha acordada no había recibido aún noticias de la Comisión. Tras enviar un nuevo email que no recibió contestación alguna, el solicitante optó por formular una queja ante el Defensor del Pueblo Europeo en abril de 2012. Tras una larga investigación y un diálogo tripartito entre Comisión, Defensor y solicitante durante más de un año y medio, en noviembre de 2013 la Comisión accedió a publicar un total de 140 documentos que la investigación llevada a cabo por los investigadores del Defensor del Pueblo había juzgado relevantes para la petición del solicitante.

Valoración de Access Info Europe

A nuestro juicio es muy positivo que la Comisión haya respondido favorablemente a las observaciones realizadas por la Defensora del Pueblo Europeo y consideramos que este caso sentará un importante precedente para futuras peticiones de acceso a la información a la Comisión y al resto de instituciones europeas. Sin embargo nos alarma considerablemente que, si no hay supervisión alguna de organismos de control como el Defensor del Pueblo, la Comisión no responda a estas solicitudes con la prontitud y corrección que le corresponde, y por el contrario ponga trabas al ejercicio de un derecho que consideramos esencial para lograr una transparencia efectiva en nuestras instituciones democráticas. Es fundamental que las instituciones que nos representan y que redactan las leyes que nos gobiernan se ajusten plenamente a las regulaciones sobre el acceso a la información y que cumplan estrictamente los plazos y procedimientos establecidos. Confiamos en que a raíz de este caso, tanto la Comisión como el resto de instituciones europeas valoren como se merece la importancia del derecho fundamental de acceso a la información, y apliquen las lecciones aprendidas a las solicitudes que reciban en el futuro.

Javier Bornstein, Investigador de proyectos de Access Info Europe.

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